¿Puede un heredero usar en exclusiva un bien de la herencia? El Tribunal Supremo lo deja claro.
Es una situación más común de lo que parece: una herencia, varios herederos y una propiedad que uno de ellos ocupa de forma exclusiva, que impide tanto el uso por los demás como el reparto de la herencia. ¿Pueden hacer algo los demás coherederos?¿Es relevante si quién la ocupa tiene el mayor porcentaje de la herencia?
Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS nº 1053/2025, de 1 de julio) arroja luz sobre esta cuestión.
En el caso resuelto, dos sobrinas demandaron a su tío para que desalojase una finca que formaba parte de la herencia de sus abuelos. La herencia se encontraba indivisa, es decir, sin repartir.
El tío se negaba a abandonar el inmueble argumentando que su parte en la herencia era superior a las de las demandantes, es decir, justificaba su posesión con la tenencia de una cuota mayoritaria.
El Tribunal Supremo, basándose en la figura jurídica del precario resuelve la cuestión. Al respecto, es “precarista” el que utiliza un bien ajeno de forma gratuita, sin título que lo justifique y por mera tolerancia de su dueño, y en este sentido, la Sala reitera su doctrina consolidada: mientras la herencia no se divida, todos los herederos tienen derecho a poseer los bienes, pero ninguno tiene derecho a usarlos de forma exclusiva y excluyente para los demás. Quien lo hace se coloca en una situación de precario.
Surge así, la gran pregunta ¿tener una mayor cuota hereditaria otorga el derecho a ocupar un bien?
Este es el núcleo de la sentencia, pues en un primer momento la Audiencia Provincial dio la razón al tío por tener una cuota mayor, sin embargo, el Tribunal Supremo es tajante: “la mayor cuota no confiere al demandado la facultad de poseer en exclusiva ninguno de los bienes de la herencia”
Así, hasta que no se realice la partición y se adjudique la propiedad, el bien pertenece a la comunidad hereditaria en su conjunto, y la acción de desahucio ejercitada por las sobrinas se ejercita en beneficio de toda la comunidad, ya que su finalidad es que el inmueble quede libre para que, finalmente, se pueda repartir como corresponde.
En síntesis, la decisión del Supremo tiene implicaciones muy prácticas para cualquier persona en una situación similar:
- Cualquier coheredero puede iniciar una acción de desahucio por precario contra otro que esté usando un bien de la herencia de forma exclusiva.
- No importa si el que ocupa la vivienda tiene la mayor parte de la herencia. Su cuota no es un «título de propiedad» sobre un bien específico antes de la partición.
- La finalidad de esta acción es siempre proteger los intereses de la comunidad hereditaria y facilitar el camino hacia la división final de los bienes.
En definitiva, esta sentencia del Tribunal Supremo reitera su doctrina sobre la situación de precario de un coheredero y confirma que el desahucio es una posible herramienta para desbloquear el reparto ante situaciones como la descrita.